Legislación › Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana.
Artículo 34. Criterios para la concesión de la autorización comercial autonómica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de abril de 2011 y la del 10 de julio de 2012.
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Artículo 34. Criterios para la concesión de la autorización comercial autonómica.
Los criterios que se tendrán en cuenta para conceder la autorización comercial autonómica serán los siguientes:
1. La adecuación del proyecto a las determinaciones y normas del Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana.
2. La compatibilidad adecuación del proyecto con los criterios de ordenación del territorio establecidos en la legislación de ordenación a las determinaciones del territorio y urbanística planeamiento urbanístico vigente y los criterios de la Estrategia Territorial que le sea de la Comunitat Valenciana. aplicación.
3. La proporcionalidad y adecuación del establecimiento y de su uso comercial respecto del entorno urbano y poblacional. compatibilidad del proyecto con
4. El nivel de integración del establecimiento comercial con el tejido urbano circundante.
5. La existencia de la red de comunicaciones y accesos adecuados desde las zonas urbanas limítrofes, en relación con la movilidad generada por la futura implantación comercial.
6. La suficiente dotación de aparcamiento y espacios para la gestión logística de carga y descarga de mercancías.
7. La suficiencia de las infraestructuras y servicios públicos adecuados.
8. La articulaciónla red de transporte público existente y las alternativas existentes previstas, en su caso. directrices que
9. El impacto medioambiental del proyecto, en base a los informes de evaluación ambiental y declaración de impacto ambiental aportado, en su caso.
10. El impacto, en su caso, sobre el patrimonio histórico-artístico y cultural que pueda verse afectado por el proyecto sometido a autorización.
11. Se hará especial referencia al paisaje,actuará como criterio condicionante de los nuevos crecimientos, especialmente en lo referente a para las actividades económicas establece la infraestructura verde Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de octubre de 2012 En vigor | BOE-A-2012-13777 | Leer | Qué cambió |
| 10 de julio de 2012 | BOE-A-2012-90011 | Leer | Qué cambió |
| 26 de abril de 2011 | Texto original | Leer |


