Legislación › Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana.
Artículo 34. Criterios para la concesión de la autorización comercial autonómica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de julio de 2012 y la del 30 de octubre de 2012. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 34. Criterios para la concesión de la autorización comercial autonómica.
Los criterios que se tendrán en cuenta para conceder la autorización comercial autonómica serán los siguientes:
1. La adecuación del proyecto a las determinaciones y normas del Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana.
2. La adecuación del proyecto a las determinaciones del planeamiento urbanístico vigente que le sea de aplicación.
3. La compatibilidad del proyecto con las directrices que para las actividades económicas establece la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de octubre de 2012 En vigor | BOE-A-2012-13777 | Leer | Qué cambió |
| 10 de julio de 2012 | BOE-A-2012-90011 | Leer | Qué cambió |
| 26 de abril de 2011 | Texto original | Leer |


