LexTotal

Legislación › Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana.

Disposición adicional primera. Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de abril de 2011 y la del 1 de enero de 2012. Tachado: lo que se quitó (75 palabras). Subrayado: lo que se añadió (65 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional primera. Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana.
1. La elaboración del El Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana corresponderá Valenciana, a la conselleria competente en materia de comercio, en colaboración con la conselleria competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, debiéndose consultar al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación de la Comunitat Valenciana. Elaborado el plan, que se remitirá al Consell para su aprobación.
2. El Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio
refiere el artículo 31 de la Comunitat Valenciana, que presente ley, se tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 56 a 60 de la Ley 4/2004, de 4/2004 de, 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, deberá aprobarse y corresponderá su elaboración a la Conselleria competente en materia de comercio con la colaboración de la Conselleria competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, y de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación a través de su Consejo, debiéndose aprobar por el Consell en el plazo máximo de dos 2 años a partir contar desde el 1 de la publicación enero de la presente ley. 2012.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1236 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 BOE-A-2014-970 Leer Qué cambió
1 de enero de 2012 BOE-A-2012-1253 Leer Qué cambió
26 de abril de 2011 Texto original Leer

← Artículo 110 Índice Disposición adicional segunda →