Legislación › Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana.
Disposición adicional primera. Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2012 y la del 1 de enero de 2014.
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Disposición adicional primera. Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana.
El Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana, a que se refiere el artículo 31 de la presente ley, se tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 56 a 60 de la Ley 4/2004 de, 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, y corresponderá su elaboración a la Conselleria competente en materia de comercio con la colaboración de la Conselleria competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, y de las cámaras oficiales de comercio, industria Comercio, Industria y navegación Navegación a través de su Consejo, debiéndose aprobar por el Consell en el plazo máximo de 2 años 1 año a contar desde el 1 de enero de 2012. 2014.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2015 En vigor | BOE-A-2015-1236 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | BOE-A-2014-970 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2012 | BOE-A-2012-1253 | Leer | Qué cambió |
| 26 de abril de 2011 | Texto original | Leer |


