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Legislación › Ley 5/2011, de 1 de abril, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven.

Disposición transitoria segunda. Aplicación a procedimientos judiciales pendientes de sentencia.

Disposición transitoria segunda. Aplicación a procedimientos judiciales pendientes de sentencia.

Esta ley será aplicable a los procedimientos judiciales en materia de nulidad, separación, divorcio y medidas paterno o materno-filiales que estén pendientes de sentencia en el momento de su entrada en vigor.

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