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Legislación › Ley 1/2011, de 28 de marzo, de Mediación de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 47. Infracciones graves.

Artículo 47. Infracciones graves.

Son infracciones graves:

a) Incumplir el deber de imparcialidad de forma que cause un perjuicio constatable y objetivo a cualquiera de las partes.

b) La intervención en un procedimiento de mediación cuando concurra causa de abstención y no se lo haya comunicado a las partes.

c) El abandono de la mediación sin causa justificada.

d) El abandono de la mediación sin ponerlo en conocimiento de las partes o sin comunicarlo motivadamente a la Consejería competente en materia de Justicia.

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