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Legislación › Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

Artículo 97. Definición.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de junio de 2011 y la del 27 de julio de 2023. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (53 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 97. Definición.
Se (Suprimido).
Téngase en cuenta que esta última actualización, por la que se suprime este precepto, por el art. único.8 del Real Decreto 629/2022, de 26 de julio. BOE-A-2022-12504, entrará en vigor el 27 de julio de 2023, según se establece en la disposición final única del citado Real Decreto.
Redacción anterior:
"Se
halla en situación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada el extranjero mayor de 16 años autorizado a permanecer en España y a ejercer actividades laborales por cuenta ajena en actividades de campaña o temporada, obras o servicios, o formación y prácticas profesionales. profesionales."

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de julio de 2023 En vigor BOE-A-2022-12504 Leer Qué cambió
30 de junio de 2011 Texto original Leer

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