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Legislación › Ley 3/2011, de 24 de febrero, de la Lectura y de las Bibliotecas de Castilla-La Mancha.

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1. Objeto.

1. El objeto de esta Ley es establecer la planificación y coordinación de las Administraciones Públicas y el resto de los agentes sociales públicos o privados, así como de todas las industrias culturales de Castilla-La Mancha, en el fomento e impulso de programas y medidas de fomento del hábito lector entre los ciudadanos.

2. La Ley pretende, además, establecer las estructuras fundamentales para la organización, planificación y coordinación del Sistema de Bibliotecas de Castilla-La Mancha así como del funcionamiento de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha, garantizando el derecho de la ciudadanía a la lectura y a la información pública en todo el territorio de Castilla-La Mancha.

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