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Legislación › Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha.

Artículo 14. Información.

Artículo 14. Información.

1. Los interesados tendrán derecho a obtener de las Administraciones Públicas información adecuada y pertinente sobre la viabilidad y requisitos de las declaraciones responsables, licencias y autorizaciones que resulten necesarias para el desarrollo de las actividades que pretendan realizar.

2. El derecho de información no se limita a los requisitos aplicables a los procedimientos y trámites necesarios para acceder a las actividades de servicios y ejercerlas, sino que se extiende a la comunicación de los datos de contacto de las autoridades competentes, los medios y condiciones de acceso a registros y bases de datos, las vías de recurso que procedan y los datos de asociaciones u organizaciones distintas de las autoridades competentes a las que los organizadores de espectáculos públicos o actividades recreativas pueden dirigirse para obtener ayuda práctica.

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