Legislación › Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca, Murcia.
Artículo 13. Reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias.
Artículo 13. Reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias.
Para las explotaciones y actividades agrarias localizadas en el ámbito de aplicación a que se refiere el artículo 1 de este Real Decreto-ley, y conforme a las previsiones contenidas en el apartado 4.1.º del artículo 37 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el apartado 3 del artículo 38 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, el Ministerio de Economía y Hacienda, a la vista de los informes del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, podrá autorizar, con carácter excepcional, la reducción de los índices de rendimiento neto a los que se refiere Orden EHA/3063/2010, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2011 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Redactado conforme a las correcciones de errores publicadas en BOE núm. 118, de 18 de mayo de 2011. BOE-A-2011-8626 y núm. 119, de 19 de mayo de 2011. BOE-A-2011-8685


