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Legislación › Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público.

Disposición final tercera. Premios del bingo.

Disposición final tercera. Premios del bingo.

Uno. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley los porcentajes de los premios de bingo correspondientes a las combinaciones de línea y bingo, regulados en el artículo 27.3 del Reglamento de los Juegos Colectivos de Dinero y Azar en la Comunidad de Madrid, aprobados por Decreto 105/2004, de 24 de junio, del Consejo de Gobierno, quedan fijados en los siguientes:

«1. Establecimientos de categoría A:

Línea: 9 por 100 del valor facial de la totalidad de los cartones vendidos en cada partida.

Bingo: 59 por 100 del valor facial de la totalidad de los cartones vendidos en cada partida.

2. Establecimientos de categoría B:

Línea: 9 por 100 del valor facial de la totalidad de los cartones vendidos en cada partida.

Bingo: 58 por 100 del valor facial de la totalidad de los cartones vendidos en cada partida.»

Dos. Se autoriza al Consejo de Gobierno a modificar por decreto los porcentajes de premios regulados en el apartado anterior.

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