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Legislación › Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.

Artículo 29. Causas de cese en el ejercicio del cargo.

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Artículo 29. Causas de cese en el ejercicio del cargo.
El Presidente y los consejeros de la Comisión Nacional del Juego cesarán en su cargo:
a) Por renuncia.
b) Por expiración del término de su mandato.
c) Por incompatibilidad sobrevenida.
d) Por haber sido condenado por delito doloso.
e) Por incapacidad permanente.
f) Mediante separación acordada por el Gobierno por incumplimiento grave de los deberes de su cargo o el incumplimiento de las obligaciones sobre incompatibilidades, conflictos de interés, y del deber de reserva. La separación será acordada con independencia del régimen sancionador que en su caso pudiera corresponder y se adoptará por iniciativa del Gobierno, previa instrucción de expediente por el titular del Ministerio de Economía y Hacienda.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de junio de 2013 En vigor BOE-A-2013-5940 Leer Qué cambió
29 de mayo de 2011 Texto original Leer

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