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Legislación › Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Artículo 32 bis. Contratos para la realización de proyectos y para la ejecución de planes y programas públicos de investigación científica y técnica o de innovación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de abril de 2022 y la del 7 de septiembre de 2022. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 32 bis. Contratos para la realización de proyectos y para la ejecución de planes y programas públicos de investigación científica y técnica o de innovación.
Las universidades públicas podrán contratar personal técnico de apoyo a la investigación y a la transferencia de conocimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 bis de esta Ley. bis.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de septiembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-14581 Leer Qué cambió
6 de abril de 2022 BOE-A-2022-5516 Leer

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