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Legislación › Ley 10/2011, de 10 de mayo, de Cajas de Ahorros de Canarias.

Artículo 36. Presidente, vicepresidentes y secretario de la Asamblea General.

Artículo 36. Presidente, vicepresidentes y secretario de la Asamblea General.

1. Presidirá la Asamblea General el presidente del Consejo de Administración y actuarán como vicepresidente o vicepresidentes quienes lo sean del Consejo, y como secretario quién ejerza dichas funciones también en este órgano.

2. El presidente, en su caso, será sustituido por los vicepresidentes, según su orden. En ausencia del presidente, vicepresidentes y secretario, serán sustituidos por los vocales del Consejo de Administración que sean expresamente designados para tal fin por la propia Asamblea.

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