Legislación › Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de mediación familiar de las Illes Balears.
Disposición final primera. Potestad reglamentaria.
Disposición final primera. Potestad reglamentaria.
Se autoriza al Gobierno de las Illes Balears para que, a propuesta del consejero o la consejera competente en materia de familia y en un plazo no superior a seis meses, dicte las disposiciones necesarias para desarrollar y ejecutar esta ley.
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