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Legislación › Real Decreto 1143/2012, de 27 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Servicio Militar de Construcciones.

Artículo 6. Consejo Directivo.

Artículo 6. Consejo Directivo.

El Consejo Directivo es el órgano colegiado superior de dirección del Servicio Militar de Construcciones. Estará formado por un presidente y un máximo de diez vocales que se denominarán consejeros.

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