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Legislación › Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Disposición adicional quinta. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de enero de 2012 y la del 30 de octubre de 2015. Tachado: lo que se quitó (16 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional quinta. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad del titular de un órgano directivo, y en defecto de designación de suplente conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, corresponderá la suplencia a los subdirectores generales titulares de los órganos directivos dependientes del mismo por el mismo orden en que aparecen citados en la respectiva estructura establecida en el presente real decreto.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de octubre de 2015 En vigor BOE-A-2015-11651 Leer Qué cambió
24 de enero de 2012 Texto original Leer

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