Legislación › Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir del 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.
Artículo 20. Objeto y ámbito de aplicación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de enero de 2013 y la del 22 de diciembre de 2013.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (31 palabras).
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Artículo 20. Objeto y ámbito de aplicación.
Los agricultores con plantaciones de almendro, avellano, nogal, pistachero y algarrobo, que cumplan las condiciones que se recogen en el siguiente artículo, podrán beneficiarse de una ayuda nacional por superficie para los años 2012 2012, 2013 y 2013. 2014.
Téngase en cuenta que esta redacción se establece, con vigencia exclusiva para el 2014, por la disposición adicional única.b) del Real Decreto 1013/2013, de 20 de diciembre. BOE-A-2013-13430.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de diciembre de 2013 En vigor | BOE-A-2013-13430 | Leer | Qué cambió |
| 13 de enero de 2013 | BOE-A-2013-354 | Leer | Qué cambió |
| 25 de enero de 2012 | Texto original | Leer |


