LexTotal

Legislación › Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir del 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.

Artículo 85. Contenido de la solicitud única.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de enero de 2012 y la del 13 de enero de 2013. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (45 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 85. Contenido de la solicitud única.
1. La solicitud única se cumplimentará en los formularios y soportes establecidos al efecto por las autoridades competentes.
2. La solicitud única podrá presentarse por medios electrónicos o por cualquiera de las formas que establezca la autoridad competente.
3. En la solicitud única se declararán todas las parcelas agrícolas de la explotación, incluso aquellas aquéllas por las que no se solicite ningún régimen de ayuda.
La identificación de cada parcela agrícola se realizará mediante el código de identificación del recinto o recintos SIGPAC que la integren y se indicará la superficie en hectáreas con dos decimales.
4. El agricultor deberá hacer una declaración expresa en la que dará su conformidad a la delimitación, el uso y demás información contenida en el SIGPAC para cada uno de los recintos declarados en declarados. En caso contrario contrario, deberá hacer las correspondientes alegaciones según se especifica en el artículo siguiente.
5. Con base en los criterios y procedimientos que, en su caso, se establezcan por la autoridad competente, el agricultor declarará en la solicitud única el aprovechamiento de los recintos de pastos o las labores de mantenimiento realizadas en los mismos.
6.
Además de lo previsto en el presente artículo, la solicitud deberá contener como mínimo la información que se recoge en el anexo I acompañada, según el régimen de ayudas que se solicite, de la documentación adicional que se indica en los anexos correspondientes. No obstante, en función de la información que esté a disposición de la autoridad competente, ésta decidirá la información y documentación a presentar por el agricultor.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2013-354 Leer Qué cambió
25 de enero de 2012 Texto original Leer

← Artículo 84 Índice Artículo 86 →