Legislación › Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir del 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.
Artículo 90. Compatibilidad de los regímenes.
Artículo 90. Compatibilidad de los regímenes.
1. Las parcelas declaradas para justificar los derechos de ayuda del régimen de pago único pueden utilizarse para las actividades agrarias expresadas en el artículo 9 (utilización agraria de las tierras). Por consiguiente, el pago de dicho régimen es compatible con los pagos acoplados derivados de los regímenes correspondientes a las utilizaciones permitidas.
2. En un año dado, no podrá presentarse respecto a una parcela agrícola más de una solicitud de pago acoplado.


