Legislación › Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Illes Balears.
Artículo 100. Implantación y renovación del plan de circularidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de julio de 2012 y la del 11 de febrero de 2022.
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Artículo 100. Coordinación interadministrativa. Implantación y renovación del plan de circularidad.
Las infracciones 1. La empresa explotadora de cada alojamiento turístico debe elaborar un plan de circularidad, que tiene que ser asumido por toda su estructura organizativa, tiene que comprender todos sus niveles jerárquicos y deficiencias detectadas en tiene que ser conocido por todos sus trabajadores y trabajadoras.
2. El plan de circularidad tiene que tener una vigencia máxima de cinco años, por lo cual se tendrá que renovar periódicamente por los mismos periodos.
3. Para elaborar el ejercicio primer plan de circularidad se tiene que llevar a cabo una evaluación circular inicial, teniendo en cuenta sus características particulares, especialmente en cuanto a la actividad posibilidad de adoptar determinadas medidas en materia de circularidad, como la programación de instalaciones de energías renovables de manera preferente en cuanto al consumo de energía o de captación y utilización de aguas pluviales, entre otros.
Así mismo, con posterioridad, cada año se tiene que llevar a cabo una evaluación circular del plan de circularidad ya elaborado, y del que tiene que formar parte.
Tanto la primera como las siguientes evaluaciones, que también se tienen que documentar en un informe y se tienen que conservar para que estén a disposición de la inspección turística y de la representación legal de las personas trabajadoras, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa específica que incidan regula cada materia, se tienen que llevar a cabo en base a las áreas prioritarias definidas en el ámbito competencial artículo 98 de otros órganos, tanto esta Ley:
a) Área prioritaria de energía:
– Huella de carbono anual por pernoctación, de conformidad con lo que pueda determinar la misma administración normativa específica.
– Certificación de eficiencia energética del edificio.
– Capacidad de auto abastecimiento de energía: expresada como porcentaje de otras administraciones públicas, serán comunicadas a estos órganos, especialmente la energía auto generada/auto consumida de fuentes renovables respecto al total de energía consumida al año en el establecimiento.
– Potencia renovable instalada, expresada en KW.
– Capacidad de almacenamiento, expresada en KWH.
b) Área prioritaria de agua:
– Capacidad de auto abastecimiento de agua: expresada como el porcentaje que el volumen de agua auto captada y/o depurada representa sobre el consumo total de agua en los establecimientos y las relacionadas con instalaciones del establecimiento.
– Consumo anual de agua: cantidad total de agua consumida, expresada en litros, proveniente de la red pública.
c) Área prioritaria de materiales y residuos:
– Reciclaje de residuos de obras, reformas y demoliciones: expresado como el porcentaje total de residuos de construcciones y demoliciones generados durante el último ejercicio, o, si no hay, durante el último proyecto de obra.
– Recogida selectiva de residuos: estimación anual del volumen de residuos por pernoctación recogidos selectivamente, correspondientes a la suma de las administraciones competentes fracciones papel y cartón, vidrio y envases, entre otros.
d) Área prioritaria de alimentos:
– Consumo de productos de kilómetro cero: expresado como porcentaje sobre el total de gasto en materia alimentos y bebidas del establecimiento.
– Cesta de urbanismo, licencias la compra que minimiza el uso de actividades e inspección envases: porcentaje que los productos a granel y/o con envases reutilizables/biodegradables representan sobre el total de partidas de gasto de aprovisionamientos del establecimiento.
Adicionalmente, la planificación y gestión tributaria, sin perjuicio la evaluación circular preverán:
– Fracción de la realización inversión vinculada a buenas prácticas circulares hecha por el establecimiento: inversión hecha en infraestructuras y equipos, formación de inspecciones conjuntas. Igualmente, dichos órganos deberán poner trabajadores y equipos e integración tecnológica vinculada a la implementación de buenas prácticas circulares en conocimiento el establecimiento. Expresado en porcentaje sobre la inversión total de los órganos competentes últimos tres ejercicios.
– Periodo de apertura y actividad del alojamiento turístico.
– Plantilla que ha recibido formación relacionada con circularidad: expresado como porcentaje de trabajadores que han recibido algún tipo de formación en circularidad en el último ejercicio.
– Proveedores que operan con un código de conducta circular: porcentaje del total de proveedores que operan bajo prácticas circulares.
– Breve recopilación de acciones hechas sobre el uso circular a los clientes: comunicaciones hechas a los clientes con recomendaciones o guías en materia de turismo ahorro de energía, iluminación, climatización, ahorro de agua, servicio de bufetes, separación de residuos en las infracciones habitaciones y recambio de toallas o sábanas, entre otras pautas.
Sin perjuicio de esto, la empresa puede incorporar los otros indicadores que estime oportunos en consideración a las deficiencias turísticas características del alojamiento turístico, y que detecten se tienen que hacer constar en la evaluación.
4. En el ejercicio plan de sus funciones. circularidad se tiene que hacer constar la metodología, la aplicación de diagnóstico, el marco estratégico o el procedimiento utilizado para hacer la evaluación circular.
Lo dispuesto 5. Los métodos o criterios de evaluación, que tienen que estar identificados en el párrafo anterior plan, se aplicará especialmente a las infracciones que cualquier administración detecte pueden amparar en:
– Normas UNE.
– Normas nacionales.
– Normas internacionales o guías técnicas publicadas por entidades de prestigio reconocido en materia de oferta ilegal circularidad.
– Certificaciones expedidas por entidades de prestigio reconocido en la materia u otros métodos o criterios profesionales descritos documentalmente que ofrezcan confianza sobre su resultado.
– Marcos estratégicos y clandestina, respecto aplicaciones de autodiagnóstico reconocidas por el sector turístico y Gobierno de las cuales todas Illes Balears.
6. De conformidad con los resultados de la evaluación, la empresa tiene que elaborar la planificación circular para un periodo no superior a cinco años, que tiene que comprender: las administraciones adoptarán, dentro del ámbito actividades, las inversiones, las acciones y los protocolos necesarios para conseguir los objetivos fijados en las líneas de acción incluidas en el plan de circularidad y su competencia, cuantas medidas cautelares, provisionales o definitivas, sean necesarias periodificación; los medios humanos y materiales necesarios, y la asignación de los recursos económicos necesarios para erradicar dicha oferta ilegal la consecución de los objetivos propuestos.
La empresa tiene que priorizar, en tanto sea posible, las acciones de circularidad en las áreas donde los indicadores clave muestren un peor rendimiento o clandestina. una mayor ineficiencia circular.
7. La planificación circular se tiene que elaborar sin perjuicio del cumplimiento de la normativa específica que pueda regular cada materia de las establecidas como indicadores de la evaluación.
8. La empresa explotadora se tiene que asegurar de la efectiva ejecución de las actividades, las acciones, los protocolos y los procedimientos estipulados en la planificación de circularidad, y tiene que efectuar para ello un seguimiento periódico, asegurando la asignación necesaria de recursos humanos y materiales para la consecución de los objetivos.
9. Para renovar dentro de un plazo máximo de cinco años el plan de circularidad, la empresa se tiene que atener a las evaluaciones anuales llevadas a cabo, y especialmente a la del año en que elabore el plan.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de junio de 2022 En vigor | BOE-A-2022-13846 | Leer | Qué cambió |
| 11 de febrero de 2022 | BOE-A-2022-9388 | Leer | Qué cambió |
| 22 de julio de 2012 | Texto original | Leer |


