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Legislación › Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Illes Balears.

Artículo 84. Suplemento autonómico de las subvenciones estatales.

Artículo 84. Suplemento autonómico de las subvenciones estatales.

El Gobierno de las Illes Balears y cada uno de los consejos insulares podrán establecer ayudas o subvenciones complementarias a las estatales a que se refiere el artículo anterior.

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