Legislación › Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Illes Balears.
Artículo 84. Suplemento autonómico de las subvenciones estatales.
Artículo 84. Suplemento autonómico de las subvenciones estatales.
El Gobierno de las Illes Balears y cada uno de los consejos insulares podrán establecer ayudas o subvenciones complementarias a las estatales a que se refiere el artículo anterior.


