Legislación › Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales.
Artículo 12. Programación funcional del centro.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 2012 y la del 17 de diciembre de 2015.
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Artículo 12. Programación funcional del centro.
1. Las Gerencias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam), en uso de su capacidad de organización y de dirección del trabajo, dictarán anualmente instrucciones en orden a articular la actividad de los distintos servicios y del personal de cada uno de ellos para su adecuado funcionamiento. (Derogado).
2. En dichas instrucciones se incluirán los días en que, atendiendo a la menor demanda asistencial, se podrán disfrutar los permisos por asuntos particulares, días adicionales por antigüedad y los de compensación o reajuste horario, dado que su disfrute está supeditado, en todo momento, a las necesidades del servicio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de diciembre de 2015 En vigor | BOE-A-2016-6721 | Leer | Qué cambió |
| 1 de marzo de 2012 | Texto original | Leer |


