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Legislación › Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales.

Disposición adicional cuarta.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 2012 y la del 1 de enero de 2018. Tachado: lo que se quitó (50 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional cuarta.
Durante el ejercicio 2012 no se asignará cantidad alguna al personal funcionario en concepto de productividad y gratificaciones por servicios extraordinarios, salvo en los supuestos en que exista regulación específica al respecto, en cuyo caso, su cuantía será la vigente a 31 de diciembre de 2011 minorada en un 3%. (Derogada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2018 En vigor BOE-A-2018-989 Leer Qué cambió
1 de marzo de 2012 Texto original Leer

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