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Legislación › Real Decreto 1072/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Artículo 2. Identificación.

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Artículo 2. Identificación.
El título de Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones queda identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones.
Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.
Duración: 2.000 horas.
Familia profesional: Marítimo Pesquera.
Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: CINE-3 b.
El título de Técnico se corresponde con un nivel 4A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-10684 Leer Qué cambió
16 de agosto de 2012 Texto original Leer

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