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Legislación › Real Decreto 1072/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas.

ANEXO II

ANEXO II

Espacios

Espacio formativo

Aula polivalente.

Espacio de mantenimiento de máquinas.

Espacio de electricidad y electrónica.

Espacio de fluidos.

Sala de simulación.(1)

Aula de Seguridad Marítima.(2)

Aula de primeros auxilios.(3)

Área de lucha contraincendios y supervivencia.(4)

(1) Puede ser sustituido por embarcación específica para el desarrollo del módulo de guardia de máquinas.

(2) y (3) Pueden compartir un mismo espacio.

(4) Espacios singulares no necesariamente ubicados en el Centro de Formación ni pertenecientes al mismo.

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