Legislación › Real Decreto 1072/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas.
ANEXO II
ANEXO II
Espacios
Espacio formativo
Aula polivalente.
Espacio de mantenimiento de máquinas.
Espacio de electricidad y electrónica.
Espacio de fluidos.
Sala de simulación.(1)
Aula de Seguridad Marítima.(2)
Aula de primeros auxilios.(3)
Área de lucha contraincendios y supervivencia.(4)
(1) Puede ser sustituido por embarcación específica para el desarrollo del módulo de guardia de máquinas.
(2) y (3) Pueden compartir un mismo espacio.
(4) Espacios singulares no necesariamente ubicados en el Centro de Formación ni pertenecientes al mismo.


