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Legislación › Real Decreto 1072/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas.

ANEXO III C

ANEXO III C

Titulaciones requeridas para impartir los módulos profesionales que conforman el título para los centros de titularidad privada, de otras Administraciones distintas a la educativa y orientaciones para la Administración educativa

Módulos profesionales Titulaciones
1172. Mantenimiento de la planta propulsora y maquinaria auxiliar.

– Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes.

– Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes.

1173. Procedimientos de mecanizado y soldadura en buques y embarcaciones.
1176. Instalación y mantenimiento de maquinaria de frío y climatización en buques y embarcaciones.
1174. Regulación y mantenimiento de automatismos en buques y embarcaciones. – Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.
1175. Mantenimiento de las instalaciones y máquinas eléctricas en buques y embarcaciones.
1177. Procedimientos de guardia de máquinas.
0156. Inglés.
1032. Seguridad marítima.
1033. Atención sanitaria a bordo.
1178. Formación y orientación Laboral.
1179. Empresa e iniciativa emprendedora.

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