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Legislación › Real Decreto 1073/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Artículo 3. Perfil profesional del título.

Artículo 3. Perfil profesional del título.

El perfil profesional del título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

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