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Legislación › Orden AAA/1857/2012, de 22 de agosto, por la que se establece una zona restringida para la pesca de especies demersales en el Golfo de León.

Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.

Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.

Se faculta al Secretario General de Pesca para adoptar las medidas y dictar las resoluciones precisas para el cumplimiento y la aplicación de la presente orden, así como para actualizar el anexo con los buques autorizados.

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