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Legislación › Ley 9/2012, de 3 de agosto, de adaptación de las disposiciones básicas del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en materia de empleo público.

Disposición adicional décima. Suspensiones o modificaciones de convenios colectivos, pactos y acuerdos que afecten al personal laboral por alteración sustancial de las circunstancias económicas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de agosto de 2012 y la del 24 de mayo de 2015. Tachado: lo que se quitó (69 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional décima. Suspensiones o modificaciones de convenios colectivos, pactos y acuerdos que afecten al personal laboral por alteración sustancial de las circunstancias económicas.
A los efectos de lo previsto en los artículos 32 y 38.10 del Estatuto básico del empleado público, se entenderá que concurre causa grave de interés público derivada de la alteración sustancial de las circunstancias económicas cuando las administraciones públicas hayan de adoptar medidas o planes de ajuste, de reequilibrio de las cuentas públicas o de carácter económico-financiero para asegurar la estabilidad presupuestaria o la corrección del déficit público. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de mayo de 2015 En vigor BOE-A-2015-5677 Leer Qué cambió
10 de agosto de 2012 Texto original Leer

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