Legislación › Resolución de 17 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modifican las normas de gestión técnica del sistema NGTS-01 "conceptos generales" y NGTS-04 "Nominaciones" y el protocolo de detalle PD-11 "Procedimiento de reparto en puntos de entrada a la red de transporte", y se aprueba el protocolo de detalle PD-15 "Nominaciones, mediciones y repartos en conexiones internacionales por gasoducto con Europa".
ANEXO PD-15
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de octubre de 2012 y la del 1 de octubre de 2016.
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ANEXO
PROTOCOLO DE DETALLE PD-15
Nominaciones, Mediciones y Repartos en conexiones internacionales por gasoducto con Europa
1. Objeto (Derogado)
El presente protocolo de detalle tiene por objeto establecer los procedimientos de nominación, medición y reparto que los operadores de transporte titulares de conexiones internacionales por gasoducto con Europa deben seguir para la correcta operación del sistema.
Los operadores de red de transporte conectados a través de una conexión internacional deberán disponer de los respectivos Manuales de Operación (Interconnection Agreement, I.A.), donde se establecerán los procedimientos de gestión técnica conjunta, desarrollando entre otros, los procesos de medición, programación, asignación de cantidades y comunicación entre ambos operadores.
2. Ámbito de aplicación
Este Protocolo es de aplicación a los titulares de conexiones internacionales por gasoducto con Europa, en el caso de que la temperatura de referencia de los humos de combustión o el día de gas en dicha conexión sea distinto al establecido para el sistema gasista español en el Protocolo de Detalle PD-01, así como a todos los usuarios con capacidad de transporte contratada en dicha conexión.
También será de aplicación para aquellas otras conexiones internacionales por gasoducto que tengan la misma problemática, es decir, que la temperatura de referencia de los humos de combustión y/o el día gas no coincidan con las definidas en el sistema español.
3. Interoperabilidad
Cualquier proceso relevante que los titulares de conexiones internacionales por gasoducto con Europa establezcan con los operadores de transporte adyacentes en otros países en los manuales de operación (o «Interconnection Agreements»), deberán ser consistentes con lo indicado en este protocolo sin perjuicio de que se puedan acordar otros aspectos no regulados entre las partes.
Estos manuales de operación se publicarán en la página web de cada uno de los transportistas implicados.
4. Día de gas
El día de gas en las conexiones internacionales con Europa será de 06:00 horas a 06:00 horas CET-Central European Time.
5. Nominaciones y renominaciones para el día de gas
5.1 Contenido de las nominaciones: El contenido de las nominaciones en las conexiones internacionales por gasoducto con Europa será el mismo que el definido para las programaciones semanales de estas infraestructuras que establece el Protocolo de Detalle PD-07 «Programaciones y Nominaciones en Infraestructuras de Transporte».
5.2 Calendarios (día y hora límite): El horario (CET-Central European Time) para las nominaciones y renominaciones será el que se indica a continuación:
Nominaciones día previo de gas («D-1»):
Usuarios: 1.er período hasta las 13:00.
Operadores: 1.er período hasta las 14:00.
Usuarios: 2.º período hasta las 15:00.
Operadores: 2.º período hasta las 17:00.
Renominaciones día previo de gas («D-1»):
Usuarios: 3.er período hasta las 19:00.
Operadores: 3.er período hasta las 21:00.
Usuarios: 4.º período hasta las 23:00.
Operadores: 4.º período hasta la 01:00.
Renominaciones día de gas («D»): Desde las dos horas anteriores al inicio del día de gas «D» hasta tres horas antes de que éste finalice, los operadores permitirán un proceso continuo de renominación de la cantidad diaria con dos horas de antelación respecto de la hora en que se haría efectivo el cambio de nominación validado.
En ningún caso se podrá renominar una menor cantidad para el día de gas de la que ya se ha vehiculado hasta esa hora, de acuerdo a la última nominación validada.
5.3 Adaptación del día de gas en las interconexiones al día de gas del sistema español: Las nominaciones y renominaciones realizadas de acuerdo con este horario se considerarán como realizadas de 0 a 24 h CET-Central European Time.
6. Correcciones de las nominaciones
El protocolo de detalle PD-01 «Medición, Calidad y Odorización de Gas» establece las condiciones de referencia a adoptar para la determinación de las cantidades de gas natural medido en términos energéticos y conforme a la norma UNE correspondiente, expresándose el cálculo del PCS en las condiciones de referencia [0 ºC, V (0 ºC, 1,01325 bar)]. En dicho protocolo, la cantidad de gas se determina en base volumétrica, representándose el PCS como Hs [t1,p1,V(t2,p2)].
Para el caso de las conexiones internacionales por gasoducto con Europa el valor de t1 será 25 ºC, debiendo los usuarios nominar en relación con esta temperatura. El valor de t2 será 0 ºC.
No obstante lo anterior, a efectos de medición y reparto en el sistema gasista español, la energía transportada por los gasoductos de conexión internacional con Europa será considerada como medida con t1 = 0 ºC.
Por lo tanto, la energía medida a t1 = 25 ºC será transformada mediante la aplicación de un factor constante para su conversión a energía medida con t1 = 0 ºC.
Para los flujos correspondientes a cantidades de entrada al sistema de transporte español en la conexión internacional con Europa «I», el ajuste al usuario «i» se realizará de la manera siguiente:
N’ci I = fiI × NciI
Donde:
Nci I: nominación confirmada y casada por los operadores conectados en la interconexión «I». La casación de nominaciones de los usuarios será realizada por los operadores en el caso de nominaciones no coherentes de un mismo usuario a ambos lados de la interconexión, y cuando informado dicho usuario de este hecho, el mismo no corrija sus nominaciones. La casación se realizará asignando como nominación la cantidad menor de las nominadas a los operadores.
fiI: coeficiente de interoperabilidad, que será publicado por los operadores, y que tiene en cuenta la diferencia de referencia de temperatura t1 para el cálculo del PCS en los diferentes sistemas interconectados. Su valor se determinará de acuerdo a lo establecido en el anexo J de la UNE-EN ISO 6976.
N’ci I: nominación confirmada en la interconexión «I» una vez que ha sido corregida a t1 = 0 ºC.
Asimismo, para los flujos correspondientes a cantidades de salida del sistema de transporte español en la interconexión «I», la energía medida con temperatura de referencia t1 = 0 ºC deberá ser transformada a energía medida con t1 = 25 ºC. Para ello, se aplicará un factor constante, de manera que el ajuste al usuario «i» será el siguiente:
Nci I =N’ ciI / fi I
Donde N’ci I, fiI y Nci I son los parámetros anteriormente definidos.
7. Repartos
De acuerdo con el Protocolo de Detalle PD-11 «Procedimiento de Reparto en Puntos de Entrada a la Red de Transporte», el reparto en las conexiones internacionales por gasoducto con Europa se realizará asignando a cada usuario una cantidad diaria igual a su nominación viable tras el proceso de casación de nominaciones por los operadores.
La diferencia entre la cantidad física total entregada en el punto de conexión y la suma de las nominaciones de los usuarios se repartirá entre los operadores.
7.1 Reparto del gas al usuario «i» que utiliza la interconexión «I»: La cantidad diaria de gas asignada al usuario «i» que utiliza la interconexión «I», en el sistema español, será el siguiente:
RciI = N’ci I
Donde:
N’ci I: nominación confirmada en la interconexión «I» una vez que ha sido corregida a t1 = 0 ºC.
Rci I: cantidad diaria asignada al usuario «i» en la interconexión «I».
7.2 Reparto del gas incluido en la cuenta de balance operativo (OBA) de la interconexión «I»: La cantidad de gas incluido en el OBA de una interconexión vendrá determinada por la diferencia entre la cantidad total medida en la interconexión «I» y la suma de las nominaciones confirmadas a los usuarios en la misma:
Donde:
NciI: nominación confirmada y casada por los operadores conectados en la interconexión «I».
M I: medida física disponible por el operador, sin corregir por el factor fiI.
RobaI: cantidad asignada a la cuenta OBA entre los operadores de la interconexión.
El saldo de la cuenta OBA será único para cada interconexión, pudiendo tener un valor positivo o negativo dependiendo de las cantidades medidas en la conexión internacional y de la suma de las nominaciones confirmadas a los usuarios. Los operadores se comprometen a cumplir con los límites establecidos para este balance operativo OBA de acuerdo a lo dispuesto en los correspondientes Manuales de Operación (Interconnection Agreement) y en el Protocolo de Detalle PD-11 «Procedimiento de Reparto en Puntos de Entrada a la Red de Transporte».
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de octubre de 2016 En vigor | BOE-A-2016-8928 | Leer | Qué cambió |
| 14 de octubre de 2012 | Texto original | Leer |


