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Legislación › Ley 4/2012, de 15 de octubre, de Creación de la Contribución Especial por el establecimiento, mejora y ampliación de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y de Salvamento de Cantabria.

Artículo 7. Gestión.

Artículo 7. Gestión.

El Gobierno de Cantabria podrá celebrar un convenio con cualquier asociación de entidades aseguradoras y reaseguradoras al objeto de la gestión de las cuotas de contribuciones especiales y la distribución de la base imponible que corresponda entre las entidades asociadas.

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