Legislación › Ley 4/2012, de 15 de octubre, por la que se aprueba la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana.
Artículo 11. Del lenguaje.
Artículo 11. Del lenguaje.
De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, las instituciones y administraciones de la Generalitat evitarán utilizar un lenguaje que suponga discriminación, menoscabo o minusvaloración para cualquier persona o colectivo.


