Legislación › Ley 7/1994, de 27 de mayo, de la Actividad Comercial.
Artículo 37. Subvenciones y ayudas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de julio de 1994 y la del 5 de julio de 2008.
Tachado: lo que se quitó (37 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 37. Subvenciones y ayudas.
Para acceder a subvenciones o a cualquier otro tipo de ayuda pública para la celebración de certámenes comerciales, se exigirá como requisito que se hallen inscritos en la sección segunda del Registro señalado en el artículo anterior. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de julio de 2008 En vigor | BOE-A-2011-14351 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 1994 | Texto original | Leer |


