Legislación › Ley Orgánica 8/2012, de 27 de diciembre, de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta.
Lo previsto en el artículo único, apartado quince, de esta Ley, relativo al artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, no será de aplicación a quienes, a la entrada en vigor de la presente Ley, se encuentren realizando el preceptivo curso de selección en la Escuela Judicial.
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