LexTotal

Legislación › Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.

Artículo 16. Contribuyentes.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2013 y la del 31 de octubre de 2013. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 16. Contribuyentes.
1. Son contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que realicen la actividad señalada cualquiera de las actividades señaladas en el artículo 15. anterior.
2. Serán responsables solidarios de la deuda tributaria del impuesto los propietarios de las instalaciones nucleares que generen el hecho imponible cuando no coincidan con quienes las exploten.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de octubre de 2013 En vigor BOE-A-2013-11331 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 Texto original Leer

← Artículo 15 Índice Artículo 16 bis →