Legislación › Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
Artículo 27. Infracciones y sanciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2013 y la del 31 de octubre de 2013.
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Artículo 27. Infracciones y sanciones.
Las infracciones tributarias relativas a los presentes impuestos este impuesto serán calificadas y sancionadas de conformidad con lo previsto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de octubre de 2013 En vigor | BOE-A-2013-11331 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | Texto original | Leer |


