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Legislación › Orden AAA/2794/2012, de 21 de diciembre, por la que se regula la pesca con artes fijos y artes menores en las aguas exteriores del Mediterráneo.

Artículo 8. Características técnicas de los anzuelos.

Artículo 8. Características técnicas de los anzuelos.

Las dimensiones de los anzuelos para el arte de palangre de fondo y el resto de aparejos regulados en la presente orden estarán comprendidas entre las siguientes medidas, dependiendo de la especie a la que se dirija la captura:

Largo del anzuelo: entre 7,50 y 2,00 centímetros.

Ancho del seno: entre 2,80 y 0,70 centímetros.

Para la captura de besugo, cuando la cantidad de esta especie, desembarcada o retenida a bordo represente más del 20 % del peso vivo total de las capturas después de clasificar, la dimensión no será inferior a:

Largo del anzuelo: 3,95 centímetros.

Ancho del seno: 1,65 centímetros.

Para la captura, en su caso, de atún rojo, melva, bonito, atún blanco y bacoreta, serán de aplicación los tamaños mínimos establecidos en el Real Decreto 71/1998, de 23 de enero, por el que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos y especies afines en el Mediterráneo.

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