Legislación › Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social.
Disposición adicional tercera. Flexibilidad en la aplicación de los fondos destinados al fomento del empleo.
Disposición adicional tercera. Flexibilidad en la aplicación de los fondos destinados al fomento del empleo.
En el ejercicio 2013, con carácter excepcional y previo informe del Servicio Público de Empleo competente, se podrá aplicar hasta un máximo del 20 por cien de los fondos que inicialmente se vayan a destinar, con arreglo a la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, a financiar las acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados y los programas públicos de empleo formación, a la realización de acciones de fomento del empleo, siempre que estén incluidas en el Plan Anual de Política de Empleo y que en las mismas participen personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 25, de 29 de enero de 2013. BOE-A-2013-832.
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