Legislación › Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta.
Reglamentariamente se regularán los depósitos de medicamentos en los centros penitenciarios.
← Disposición adicional cuarta Índice Disposición transitoria primera →


