Legislación › Ley 13/1994, de 30 de junio, por la que se regula la Comisión Arbitral.
Artículo 49.
Artículo 49.
El promotor de la cuestión comunicará, en el mismo día, su interposición a la Mesa del Parlamento Vasco o de las Juntas Generales respectivas que estuvieren conociendo de la iniciativa, ordenando ésta la suspensión de su tramitación.


