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Legislación › Ley 13/1994, de 30 de junio, por la que se regula la Comisión Arbitral.

Artículo 49.

Artículo 49.

El promotor de la cuestión comunicará, en el mismo día, su interposición a la Mesa del Parlamento Vasco o de las Juntas Generales respectivas que estuvieren conociendo de la iniciativa, ordenando ésta la suspensión de su tramitación.

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