Legislación › Ley 6/1993, de 29 de octubre, de Protección de los Animales.
Artículo 7.
Artículo 7.
La filmación, fotografiado o grabación en cualquier tipo soporte comunicativo de escenas de crueldad maltrato o sufrimiento de animales requerirá de la comunicación previa al órgano competente de la Administración autonómica a efectos de la verificación de que el daño aparentemente causado es, en todo caso, simulado.


