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Real Decreto 343/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 11 de febrero de 2012 · Último cambio el 8 de julio de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 08/07/2017
- Preámbulo
- Artículo 1. Organización general del departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Empleo.
- Artículo 3. Dirección General de Empleo.
- Artículo 4. Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas. 2 redacciones · cambió el 11/02/2012
- Artículo 5. Secretaría de Estado de la Seguridad Social.
- Artículo 6. Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
- Artículo 7. Intervención General de la Seguridad Social.
- Artículo 8. Secretaría General de Inmigración y Emigración.
- Artículo 9. Dirección General de Migraciones.
- Artículo 10. Subsecretaría de Empleo y Seguridad Social.
- Artículo 11. Secretaría General Técnica.
- Artículo 12. Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Disposición adicional primera. Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.
- Disposición adicional segunda. Gerencia de Informática de la Seguridad Social.
- Disposición adicional tercera. Supresión de órganos.
- Disposición adicional cuarta. Sustituciones.
- Disposición adicional quinta. Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Disposición adicional sexta. Delegación de competencias.
- Disposición adicional séptima. Referencia a órganos suprimidos.
- Disposición adicional octava. Excepción en los nombramientos de Directores Generales.
- Disposición adicional novena. Consejerías y Secciones de Empleo y Seguridad Social.
- Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultades de desarrollo y ejecución.
- Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


