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Legislación › Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Artículo 11. Secretaría General de Ciencia e Innovación.

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Artículo 11. Secretaría General de Ciencia, Tecnología Ciencia e Innovación.
1. La Secretaría General de Ciencia, Tecnología Ciencia e Innovación, con rango de subsecretaría, Innovación ejercerá, respecto de las unidades dependientes de ella, las atribuciones previstas en el artículo 16 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, en materia de investigación científica y técnica, desarrollo e innovación.
2. Dependen de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología Ciencia e Innovación: Innovación las siguientes Subdirecciones Generales:
a) La Dirección Subdirección General de Investigación Científica y Técnica. Promoción de la Competitividad, que ejercerá las siguientes funciones:
b) 1.ª La Dirección General emisión de Innovación y Competitividad.
3. Depende
los informes motivados previstos en el Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, por el que se regula la Secretaría General emisión por el Ministerio de Ciencia, Ciencia y Tecnología e Innovación un Gabinete Técnico, con nivel orgánico de subdirección general, como órgano informes motivados relativos al cumplimiento de apoyo requisitos científicos y asistencia inmediata al Secretario General.
4. Asimismo, depende directamente
tecnológicos, a efectos de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología aplicación e Innovación la Subdirección General interpretación de Relaciones Internacionales deducciones fiscales por actividades de investigación y con Europa, que ejercerá desarrollo e innovación tecnológica, sin perjuicio de las siguientes funciones: competencias atribuidas a otros organismos.
a) 2.ª La coordinación elaboración de los asuntos informes relativos a que el empleador reúne las características adecuadas para realizar actividades de ámbito internacional I+D+i, al objeto de autorizar la residencia y europeo trabajo en las áreas España de competencia extranjeros a que se refiere el Reglamento de la Secretaría General. Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
b) 3.ª La planificación coordinación de las ayudas de Estado con la Agencia Estatal de Investigación y el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, así como la negociación del Programa Marco coordinación interministerial y con Europa para garantizar la correcta aplicación de las referidas ayudas de Estado en el marco de la normativa vigente.
4.ª La gestión de los premios nacionales en materia de
investigación e y de innovación y diseño.
5.ª La gestión del Registro
de Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Unión Europea Innovación Tecnológica de ámbito estatal.
6.ª La acreditación
y gestión del registro de otros programas PYMES Innovadoras previsto en el Real Decreto 475/2014, de I+D+i 13 de carácter europeo. junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador.
c) El impulso, desarrollo, coordinación, seguimiento 7.ª La promoción y representación española colaboración con las plataformas tecnológicas en programas, foros y organizaciones áreas estratégicas.
8.ª La promoción
de la Unión Europea ámbitos estratégicos en materia de investigación y planificación científica. innovación.
d) b) La planificación, coordinación, desarrollo, seguimiento y representación Subdirección General de Fomento de la participación española en grandes instalaciones y organismos científico-tecnológicos Innovación, que ejercerá las siguientes funciones:
1.ª La promoción e impulso
de carácter internacional, así como actividades destinadas al fomento de la optimización transferencia y circulación de dicha participación. conocimientos entre los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
e) La planificación 2.ª El diseño y coordinación de programas las iniciativas en materia de creación de empresas de base tecnológica y acuerdos internacionales estratégicos fomento de investigación científica la innovación.
3.ª El impulso a la compra pública innovadora.
4.ª Impulso programas conjuntos con Comunidades Autónomas
y técnica, Corporaciones Locales en el ámbito bilateral materia de innovación.
5.ª La gestión económica
y multilateral, orientados a fortalecer el liderazgo presupuestaria y la internacionalización el control económico-financiero de las actuaciones de los servicios presupuestarios correspondientes a la ciencia Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, Secretaría General de Ciencia e Innovación y tecnología españolas. la Dirección General de Política de Investigación, Desarrollo e Innovación.
f) c) La Subdirección General de Grandes Instalaciones Científico-Técnicas, que ejercerá las siguientes funciones:
1.ª La
planificación estratégica, coordinación, seguimiento y la coordinación de la cooperación internacional en materia representación de investigación científica grandes instalaciones científico-técnicas nacionales con Comunidades Autónomas, y técnica, la formulación planificación estratégica, coordinación, seguimiento y la coordinación representación de las actuaciones relativas a las grandes instalaciones científicas de carácter estatal.
2.ª La planificación estratégica, coordinación, desarrollo, seguimiento y representación de
la posición participación española en foros internacionales, grandes instalaciones y la propuesta o designación, en su caso, organismos científico-tecnológicos de quienes hayan carácter internacional.
3. Depende
de representar a España en los organismos internacionales responsables la Secretaría General de los correspondientes programas, todo ello sin perjuicio Ciencia e Innovación un Gabinete Técnico, con nivel orgánico de las competencias subdirección general, como órgano de otros órganos. apoyo y asistencia inmediata al Secretario General.
5. 4. Se adscribe al Ministerio de Economía y Competitividad, a través de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología Ciencia e Innovación, la Entidad Pública Empresarial Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), cuya presidencia ostentará el titular de dicha Secretaría General.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de noviembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-12889 Leer Qué cambió
11 de febrero de 2012 Texto original Leer

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