Legislación › Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Artículo 13. Dirección General de Política de Investigación, Desarrollo e Innovación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de febrero de 2012 y la del 29 de noviembre de 2015.
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Artículo 13. Dirección General de Innovación y Competitividad. Política de Investigación, Desarrollo e Innovación.
1. Corresponde a la Dirección General de Política de Investigación, Desarrollo e Innovación y Competitividad ejercer las siguientes funciones:
a) El impulso, difusión La elaboración, planificación, coordinación y orientación seguimiento de la actividad innovadora en todos los sectores económicos. las Estrategias Españolas de
b) La ejecuciónlos planes Ciencia y programas Tecnología y de actuación Innovación y de las actuaciones de la Secretaría Administración General del Estado en materia de innovación. fomento y coordinación de la
c) La elaboración, en colaboración conSubdirección General I+D+i incluidos los Planes Estatales de Planificación Investigación Científica y Seguimiento, Técnica y el desarrollo de la Estrategia Española de Innovación y del Plan Estatal sus correspondientes Programas Anuales de Innovación. Actuación.
d) El diseño b) La coordinación y elaboración de los programas informes, indicadores y planes estadísticas de actuación I+D+i así como el fomento, análisis y evaluación de la Secretaría General en materia las políticas públicas de innovación. I+D+i y sus principales instrumentos.
e) c) La coordinación de los programas de innovación y desarrollo del Sistema de ámbito nacional Información sobre Ciencia, Tecnología e internacional. Innovación y el impulso de
f) La promociónla colaboración con las administraciones autonómicas y locales actividades en materia de innovación. este ámbito.
g) La programación, ejecución d) Impulso y seguimiento de las actuaciones de transferencia de tecnología. coordinación a las actividades de
h) El apoyolos Parques Científicos y Tecnológicos. promoción de
i) El fomento de los Centros Tecnológicos y de los CentrosApoyo a la Innovación Tecnológica investigación y la gestión del Registro de Centros Tecnológicos innovación y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal. cultura científica, tecnológica e innovadora.
j) La e) Fomento y promoción nuevos modelos de difusión de los resultados de la transferencia investigación en abierto.
f) Las relaciones y coordinación con la Agencia Estatal de tecnología a través Investigación, el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología y el resto de las Oficinas unidades de Transferencia la Administración General del Estado responsables de Resultados políticas de Investigación (OTRI) I+D+i y el impulso de la generación políticas sectoriales estrechamente relacionadas las políticas de patentes. I+D+i.
k) El diseño, g) La coordinación general, diseño y desarrollo de las políticas públicas en materia de creación de empresas de base tecnológica, sin perjuicio de la cooperación con las actividades que Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales en este ámbito desarrollen otros departamentos ministeriales. I+D+i.
l) h) El fortalecimiento de la cooperación público–privada en materia de I+D+i, apoyo administrativo al Consejo de manera estable, especialmente entre el sector productivo Política Científica, Tecnológica y los agentes generadores de conocimiento y la contribución a la articulación del Sistema Español Innovación, al Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación. Innovación y al Comité Español de
m) La promoción, en el ámbito de su competencia, de la internacionalizaciónlas actuaciones Ética de I+D+i, contribuyendo a la participación e integración Investigación.
i) La coordinación de las empresas políticas estatales y europeas en proyectos tecnológicos internacionales sectoriales. materia de I+D+i así como la coordinación
n) El impulso,y seguimiento de las plataformas tecnológicas en las áreas de interés estratégico nacional estrategias y actividades ligadas a la internacionalización y promoción de su orientación hacia mercados innovadores. internacional en el
ñ) La gestión de los premios nacionales en materia de innovación.
o) La emisión de los informes motivados previstosReal Decreto 1432/2003, de 21 ámbito de noviembre, por el que se regula la emisión por el Ministerio de Ciencia y Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos I+D+i.
j) La planificación, negociación y tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades representación del Programa Marco de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros organismos. la
p) El fomento decontratación Unión Europea y de personal especializado en innovación en el sector privado. otros programas de
q) El impulsola compra pública innovadora. I+D+i de carácter europeo.
r) k) La elaboración coordinación de los informes relativos a que el empleador reúne las características adecuadas para realizar actividades de I+D+i, al objeto promoción de autorizar la residencia y trabajo participación española en España los programas de extranjeros a que se refiere el Reglamento fomento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado I+D+i promovidos por la Unión Europea y el Real Decreto 557/2011, de 20 seguimiento de abril. dicha participación.
s) l) El impulso de actuaciones o programas conjuntos con las Comunidades Autónomas impulso, coordinación y las Entidades Locales representación española en programas, foros y organizaciones de la Unión Europea en materia de innovación. I+D+i.
t) m) La gestión económica y presupuestaria planificación y el control económico-financiero coordinación de las actuaciones programas y acuerdos internacionales estratégicos de los servicios presupuestarios correspondientes a la Secretaría General investigación científica y técnica, de Ciencia, Tecnología e Innovación carácter bilateral y multilateral, orientados a fortalecer el liderazgo y la Dirección General internacionalización de Innovación y Competitividad. la I+D+i.
u) n) La planificación, el desarrollo y la coordinación, cooperación internacional en especial con las Comunidades Autónomas, materia de las infraestructuras científicas I+D+i, la formulación y técnicas singulares, las grandes instalaciones científico-técnicas la coordinación de la posición española en foros internacionales, y la propuesta o designación, en su caso, de quienes hayan de representar a España en los organismos internacionales responsables de los correspondientes programas, todo ello sin perjuicio de las instalaciones estratégicas nacionales, así como el fomento competencias de su internacionalización. otros órganos.
2. Dependen de la Dirección General de Política de Investigación, Desarrollo e Innovación y Competitividad las siguientes subdirecciones generales:
a) La Subdirección General de Competitividad Coordinación, Planificación y Desarrollo Empresarial, Seguimiento, que ejercerá las funciones descritas en los párrafos a), b), c), d), e),f) e), f), g) y p) h) del apartado 1.
b) La Subdirección General de Transferencia de Tecnología, Relaciones Internacionales, que ejercerá las funciones descritas en los párrafos g), h), i), j) y k) del apartado 1. j), k), l),
c) La Subdirección General de Colaboración Público-Privada, que ejercerá las funciones descritas en los párrafosm m) y n) del apartado 1. del apartado 1.
d) La Subdirección General de Fomento de la Innovación Empresarial, que ejercerá las funciones descritas en los párrafos ñ) o), q), r) y s) del apartado 1.
e) La Subdirección General de Gestión Económica de Ayudas a la Innovación, que ejercerá las funciones descritas en el párrafo t) del apartado 1.
f) La Subdirección General de Planificación de Infraestructuras Científicas y Tecnológicas, que ejercerá las funciones descritas en el párrafo u)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de noviembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-12889 | Leer | Qué cambió |
| 11 de febrero de 2012 | Texto original | Leer |


