Legislación › Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Artículo 5. Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de febrero de 2012 y la del 2 de agosto de 2014.
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Artículo 5. Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional.
1. Corresponden a la Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional las siguientes funciones:
a) La realización elaboración de previsiones económicas macroeconómicas oficiales relativas a corto y medio plazo sobre la evolución economía española.
b) La elaboración de las previsiones sobre los principales magnitudes macroeconómicas y el seguimiento de la incidencia indicadores de las variaciones coyuntura de precios autorizados. la economía española.
b) El estudio y análisis c) La redacción de informes de riesgos sobre la incidencia regional economía española, que recojan y cuantifiquen adecuadamente tanto aquellos de las directrices origen global como domésticos.
d) La formulación de política económica previsiones sobre la zona del euro y de otras economías relevantes en la evolución definición del entorno internacional de las divergencias macroeconómicas interterritoriales. la economía española.
c) e) El análisis desarrollo y seguimiento la adaptación de instrumentos cuantitativos orientados a la evolución económica y previsión económica, de las políticas económicas aplicadas en el exterior. manera especial modelos econométricos tanto univariantes como multivariantes.
f) La participación representación española en la elaboración y coordinación del programa los Grupos de trabajo que ha Previsiones a corto plazo de desarrollar la red UE y de Oficinas Económicas la OCDE.
g) La interlocución con los principales organismos y Comerciales foros internacionales en materia de seguimiento previsiones económicas.
h) La realización de estudios de carácter estructural sobre la actividad y economía española, en particular sobre sus principales desequilibrios macroeconómicos.
i) El análisis de impacto macroeconómico de la política económica, así como la participación en colaboración con la Secretaría definición de Estado la estrategia económica desde el punto de Comercio. vista de las políticas macroeconómicas.
d) j) La preparación de proyectos normativos en las materias de competencia del centro directivo.
k) El estudio de los efectos macroeconómicos de la incidencia regional de las directrices de política económica y de la realización evolución de las divergencias macroeconómicas territoriales.
l) El estudio de las principales tendencias a medio y largo plazo de la economía española, en particular de su crecimiento potencial, gasto en envejecimiento y análisis de carácter estructural. sostenibilidad de la deuda.
m) El desarrollo y la adaptación de modelos económicos para posibilitar los instrumentos cuantitativos orientados al análisis anteriores. estructural y la simulación.
e) n) La representación de España, en temas económicos, ante la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, Económico y en particular, en su Comité de Política Económica, así como sin perjuicio de lo estipulado en el párrafo f).
ñ) La representación de España en el Comité de Política Económica de la Unión Europea y en sus grupos de trabajo.
f) o) El mantenimiento y explotación de bases de datos de indicadores económicos a nivel regional, nacional e internacional.
p) La elaboración de las operaciones estadísticas asignadas por el Plan Estadístico Nacional a la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, así como la interlocución con el Instituto Nacional de Estadística en el desarrollo del Plan Estadístico Nacional en las materias de competencia de la Dirección General y la propuesta de nuevas operaciones o la mejora de las existentes.
q) El desarrollo y adaptación de instrumentos cuantitativos apropiados para el seguimiento de la coyuntura económica.
r) La elaboración periódica de notas e informes sobre la coyuntura económica nacional e internacional, desde una perspectiva global y de sectores económicos e institucionales.
s) El análisis y seguimiento de la evolución económica de las principales economías extranjeras y de las políticas macroeconómicas que apliquen.
t) La participación en la elaboración y coordinación del programa de trabajo que ha de desarrollar la red de Oficinas Económicas y Comerciales en materia de seguimiento de la actividad y la política económica, en colaboración con la Secretaría de Estado de Comercio.
u) El estudio de la incidencia de las variaciones de precios autorizados.
v) La representación permanente y la coordinación de la política de España en el Grupo del Banco Mundial y ante todos los bancos de desarrollo y otros fondos multilaterales gestionados por los mismos.
g) w) La negociación, tramitación y gestión de las contribuciones a fondos multidonantes, fondos multibilaterales, fondos de asistencia técnica, fondos de capacitación y otras aportaciones a instituciones financieras multilaterales, así como aquellas destinadas a la promoción de la participación de profesionales españoles en el personal de dichas instituciones, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos ministeriales y, en concreto, las previstas en el artículo 2.1.d) y desarrolladas en los artículos 5 y 10 de la Ley 36/2010, de 22 de octubre, del Fondo para la Promoción del Desarrollo.
h) La negociación, reestructuración, conversión y gestión, bilateral y multilateral, de la deuda externa que el Estado español ostenta como acreedor, así como la representación de España en el Club de París y la definición de la posición española en materia de deuda externa. x) La representación permanente y
i) El análisis y valoración de las condiciones financieras y garantías de la financiación reembolsable otorgada por España, en particular, con cargo al Fondo para la internacionalización de la Empresa (FIEM) y al Fondo para la promoción del Desarrollo (FONPRODE), para garantizar su coherencia con la política de gestión de la deuda externa.
j)la coordinación de la política de España ante las instituciones financieras de ámbito europeo, exceptuando el Banco Europeo de Inversiones.
k) La elaboración y la coordinación de las posiciones del departamento en relación con la política de financiación externa de la Unión Europea, la representación de España en fondos multidonantes de inversión dentro de ese marco, así como la representación con carácter titular en las instancias en el marco de la Convención de Cotonou, que regula las relaciones financieras entre la Unión Europea y los países ACP (África, Caribe y Pacífico). 2. La Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional se estructura en las siguientes unidades con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Análisis Coyuntural y Previsiones Económicas, que asume las funciones atribuidas en los párrafos a), b) b), c), d), e), f), g), o), p), q), r) y c) s) del apartado 1.
b) La Subdirección General de Análisis Macroeconómico y Coordinación Internacional, que asume las funciones atribuidas en el párrafo d) h), i), j), k), l), m), n), ñ), t) y e) u) del apartado 1.
c) La Subdirección General de Instituciones Financieras Multilaterales, que asume las funciones enumeradas en los párrafos f) y g) del apartado 1. v), w) y
d) La Subdirección General de Economía y Financiación Internacional, que asume las funciones atribuidas en los párrafos h), i), j)k) x) del apartado 1. 1
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de agosto de 2014 En vigor | BOE-A-2014-8365 | Leer | Qué cambió |
| 11 de febrero de 2012 | Texto original | Leer |


