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Legislación › Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco.

Artículo 67.

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Artículo 67.
1. Las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo, sea por concurso o por libre designación, se publicarán en el «Boletín de la Ertzaintza», o en el del Territorio Histórico respectivo cuando correspondan a entidades locales, y contendrán necesariamente:
a) Denominación, localización, nivel y complemento específico del puesto.
b) Requisitos exigidos para su desempeño.
c) Plazo de presentación de solicitudes, que en ningún caso podrá ser inferior a quince días contados a partir de la fecha de publicación en el Boletín correspondiente.
d) Baremo En el caso de los procedimientos por concurso de méritos, baremo de méritos, pruebas específicas que se incluyan, puntuación mínima exigida para acceder al puesto y composición de la comisión de selección.
2. La resolución de la convocatoria se publicará en la forma prevista en el precedente apartado, salvo las de aquellos puestos de trabajo que, por la propia confidencialidad o reserva inherentes a la naturaleza de las funciones a desarrollar, y sin perjuicio de su individual notificación a los posibles interesados, expresamente se excepcionen.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de julio de 2019 En vigor BOE-A-2019-10597 Leer Qué cambió
12 de agosto de 1992 Texto original Leer

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