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Legislación › Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco.

Disposición adicional cuarta.

Disposición adicional cuarta.

No obstante lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 56 de esta ley, en los Cuerpos de Policía de municipios con población inferior a sesenta mil habitantes el ingreso en las categorías de Suboficial y Oficial podrá efectuarse por promoción interna y turno libre mediante los sistemas de oposición o concurso-oposición.

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