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Legislación › Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco.

no

Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de junio de 2008 y la del 7 de agosto de 2020. Tachado: lo que se quitó (64 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras). Volver al texto en vigor

Téngase en cuenta que las referencias a los grupos Norma derogada, con efectos de clasificación A, B, C y D, se entenderán hechas a los nuevos grupos 7 de clasificación profesional, conforme a las siguientes equivalencias, según establece la disposición adicional 3 agosto de 2020, por la Ley 2/2008, disposición derogatoria del Decreto Legislativo 1/2020, de 28 22 de mayo. BOE-A-2011-14346.:
Grupo A Grupo A, subgrupo A1.
Grupo B Grupo A, subgrupo A2.
Grupo C Grupo C, subgrupo C1.
Grupo D Grupo C, subgrupo C2.
julio. BOE-A-2020-9740

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de agosto de 2020 En vigor BOE-A-2020-9740 Leer Qué cambió
14 de junio de 2008 BOE-A-2011-14346 Leer

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