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Legislación › Ley 3/2011, de 25 de marzo, de protección y ordenación de la práctica deportiva de la colombicultura y la colombofilia.

Artículo 18. Concepto.

Artículo 18. Concepto.

1. Constituyen infracciones administrativas en materia de protección de la colombicultura y de la colombofilia las acciones u omisiones tipificadas en la presente Ley.

2. Podrán ser sancionadas por la comisión de las infracciones tipificadas en esta Ley, las personas físicas o jurídicas que incurran en ellas, tanto por acción como por omisión.

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