Legislación › Ley 3/2011, de 25 de marzo, de protección y ordenación de la práctica deportiva de la colombicultura y la colombofilia.
Artículo 18. Concepto.
Artículo 18. Concepto.
1. Constituyen infracciones administrativas en materia de protección de la colombicultura y de la colombofilia las acciones u omisiones tipificadas en la presente Ley.
2. Podrán ser sancionadas por la comisión de las infracciones tipificadas en esta Ley, las personas físicas o jurídicas que incurran en ellas, tanto por acción como por omisión.


